MODELO DE DEMANDA JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V.,
SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R
                                                                                     VS
XXXX XXXX VIDAL
 y XXXX GALARZA
Juicio: Ejecutivo Mercantil
Escrito inicial.


C. JUEZ EN MATERIA CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA
EN TURNO EN EL DISTRITO FEDERAL
PRESENTE.


XXXXANAYA XXXX, en mi carácter de endosatario en procuración de la persona moral denominada XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V., personalidad que se acredita en términos del endoso que obran al reverso del documento exhibido como base de la acción; señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y documentos el ubicado en la calle de Córdoba XXXX Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, México Distrito Federal, C.P. 06700; autorizando al Licenciado en Derecho MOISES XXXXS en términos del tercer párrafo del artículo 1069 del Código de Comercio, quien cuenta con número de cédula profesional número 32XXX debidamente registrada ante la Primera secretaria de acuerdos de la Presidencia y del Pleno de este H. Tribunal bajo el folio 00000XXX como se acredita con copia simple de dicho registro,  autorizando, por otra parte, para oír y recibir toda clase de notificaciones aun las de carácter personal, valores y documentos a XXXXXXXX, Cesar XXX y Viridiana XXX, indistintamente, ante Usted con el debido respeto comparezco a exponer:


Que en la Vía EJECUTIVA MERCANTIL y en ejercicio de la ACCIÓN CAMBIARÍA DIRECTA, vengo a demandar de XXXXXXXX VIDAL y XXXXGALARZA, en su carácter de suscriptor y coobligado, respectivamente, ambos con domicilio en XXXX 39, Edificio XXX, lote XXX, Colonia Unidad San XXX, Tultitlan, municipio de XXXX de Mariano Escobedo, Estado de México, C. P. 54930,  el cumplimiento y pago de las siguientes:


P R E S T A C I O N E S


A) El pago de la cantidad de $452,513.74 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE PESOS 74/100 M. N.), por concepto de suerte principal.

B) El pago de los intereses moratorios a partir de la fecha del retrazo del pago y hasta su total liquidación a razón de la tasa anual que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa TIIE (Tasa de interés Interbancario de Equilibrio) tomando como base la última tasa TIIE publicada por el Banco de México a través del Diario Oficial de la Federación, el primer día hábil de cada mes, sobre el monto vencido y no pagado, más el impuesto al Valor Agregado (IVA), correspondiente, esto sin perjuicio de las sanciones penales en que hubieren incurrido encaminadas a quedar en estado de insolvencia o evitar el cumplimiento de sus obligaciones emanadas de la suscripción del Título de Crédito que se exhibe como documento base de la acción.

C) El pago de gastos y costas que origine el presente juicio hasta su total conclusión.

Fundo la presente demanda en las siguientes consideraciones de hechos y preceptos de derecho:

H E C H O S

1.- Con techa 28 de junio de 2007, la parte XXXXXXXX VIDAL y XXXXGALARZA, suscribieron y firmaron, un PAGARÉ por la cantidad de $452,513.74 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE PESOS 74/100 M. N.), a favor de XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R, pagadero en esta plaza, mediante 48 pagos mensuales sucesivos; lo anterior, de acuerdo al documento base de la acción mismo que se exhibe con el presente ocurso.

2.- Es el caso que, de los 48 pagos a que los codemandados se obligaron pagar en forma mensual y sucesiva para cubrir el monto total del pagaré, la parte  demandada se ha abstenido de realizarlos oportunamente, y toda vez que, en el titulo de crédito se estipuló que a falta de pago oportuno de cualquiera de los pagos mensuales sucesivos pactados, daría lugar a mi endosante a demandar el vencimiento anticipado del monto total del documento, es por ello que les demando en la vía y forma que se propone; sin embargo, expreso a su Señoría que se tendrán por reconocidos y descontados en primer lugar, a intereses y una vez cubiertos estos, se aplicaran a la suerte principal, los pagos que la parte demandada acredite legalmente haber efectuado en tiempo y forma.

3.- Asimismo, en el pagaré que se exhibe como base de la acción de mi endosante se estipulo que para el caso de falta de pago oportuno de cualquiera de ¡os pagos sucesivos mencionados se causaría un interés moratorio a partir de la fecha de! retraso del pago y hasta su total liquidación a la tasa anual que resulte de multiplicar por 2 (dos) la tasa THE (Tasa de Interés Interbancario de Equilibrio) tornando como base la última tasa TIIE publicada por el Banco de México a través del Diario Oficial de la Federación, el primer día hábil de cada mes sobre el monto vencido y no pagado, más el IVA, correspondiente, como se desprende del texto de dicho documento de crédito.

4.- Es oportuno aclarar que, de conformidad al Tomo DCLII, número 3, Primera Sección del Diario Oficial de la Federación de fecha XX De enero de 2008, quedó sin efectos la autorización a mi endosante a efecto de operar como XXXX DE MÉXICO S.A. DE C. V. SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO LIMITADO, como se acredita con copia simple de dicha publicación de la cual a simple lectura se aprecia esta circunstancia, razón por la cual el endoso en procuración realizado en el pagaré que se exhibe como base de la acción en la presente demanda, fue hecho por el apoderado legal de mi endosante XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R.

5.- Con fecha XXX de julio de 2008, el C. XXX XXX SANCHEZ Representante Legal de XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R, endosó en procuración el documento base de la acción en favor de: XXXX ANAYA XXXX y/o CESAR XXXX, para ser ejercido de manera conjunta o separada según sea necesario, como se acredita en términos del endoso que obra al reverso de citado documento de crédito, siendo aplicable al presente caso la siguiente jurisprudencia:

Novena Época
instancia: SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: XIV, Julio de 2001 Tesis: VI.2o.C- J/204 Página: 984
ENDOSO EN PROCURACIÓN HECHO POR EL APODERADO DE UNA PERSONA MORAL.
Sí el endoso consta al reverso del título de crédito base de la acción, en el que se expreso el nombre o razón social de la persona moral beneficiaria del mismo, así como el nombre de quien corno apoderado suscribió el endoso en procuración a favor de un tercero, ei lugar, fecha y firma de! endosante, se cumple con los requisitos del artículo 29 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito para que el endosatario pueda, válidamente, ejercitar la acción cambiaria directa en la vía ejecutiva mercantil, sin que sea necesario acreditar ¡a personalidad o el carácter de apoderado de la persona física que firmó ese endoso, puesto que tai requisito no lo exige el artículo 29 antes citado.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.
Amparo directo 502/92. Polikimia Carau, S.A. de C.V. 11 de noviembre de 1992. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Amparo directo 543/94. Enrique Espejea Lazcano. 19 de enero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rancel. Secretario: José Mario Machorro Castillo.
Amparo directo 571/95. Mano Pérez Aguilar. 5 de enero de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rancel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Amparo directo 245/2000. Emilo Molina Ancona. 8 de junio de 2000. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: Humberto Schettino Reyna.
Amparo directo 242/2001. Alfonso Amando Solis Ruiz y otro. 31 de mayo de 2001 Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel- Secretario: José Zapata Huesca.

6.- No obstante las múltiples gestiones extrajudiciales de mi endosante y del suscrito, para hacer efectivo el cobro del saldo insoluto de dicho documento, no se ha obtenido respuesta de pago alguno, razón por la cual acudo ante su Señoría, demandando en la vía y forma que se propone para obtener el pago; por lo que se deberá condenar a ¡a parte demandada a las prestaciones que se reclaman en el capítulo correspondiente.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1401 del Código de Comercio en vigor, ofrezco como pruebas las siguientes:


P R U E B A S


1.- LA DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en el pagaré de fecha 2 de julio de 2007, por la cantidad de $452,513.74 (CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TRECE PESOS 74/100 M. N.), el cual reúne todos y cada uno de los requisitos que exigen los artículos 1, 5 y 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; esta prueba preconstituida de la acción se relaciona con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de la demanda y se ofrece para acreditar la obligación contraída por los codemandados y la deuda existente con XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R, así como para justificar los elementos de la acción cambiaría directa, que conforme a los artículos 151 y 152 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito procede contra el aceptante y su aval; el importe del pagaré y de los intereses moratorios, en virtud de que es el medio legal idóneo para hacerlo conforme a los articules 1238, 1241 y 1296 del Código de Comercio.

2. LA CONFESIONAL, a cargo de la parte demandada XXXXXXXX VIDAL, quien deberá comparecer en forma personal y no por conducto de representante legal alguno a absolver posiciones, que se le formularan el día y hora que se señale para el desahogo de dicha probanza, debiendo apercibir a dicha demandada para el caso de que si dejare de comparecer sin justa causa, será declarada confesa de todas y cada una de las posiciones que previamente califique su Señoría de legales, en términos del articulo 1232 del Código de Comercio, solicitando sea citada personalmente por conducto del C. Secretario Actuario en funciones de Notificador adscrito a éste H Juzgado.
Esta prueba la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del escrito de demanda y se ofrece para demostrar las afirmaciones de que la parte demandada suscribió y firmó, el documento fundatorio de la acción, así como para acreditar el adeudo que tiene a favor del actor en el presente juicio.

3.- LA CONFESIONAL, a cargo del codemandado XXXXGALARZA, quien deberá comparecer en forma personal y no por conducto de representante legal alguno a absolver posiciones, que se le formularan el día y hora que se señale para el desahogo de dicha probanza, debiendo apercibir a dicho demandado para el caso de que si dejare de comparecer sin justa causa, será declarado confeso de todas y cada una de las posiciones que previamente califique su Señoría de legales, en términos del articulo 1232 del Código de Comercio, solicitando sea citado personalmente por conducto del C. Secretario Actuario en funciones de Notificador adscrito a éste H. Juzgado.  
Relaciono esta prueba con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del escrito de demanda y la ofrezco para demostrar las afirmaciones de que la parte demandada suscribió y firmó, el documento fundatorio de la acción, así como para acreditar el adeudo que tiene a favor del actor en el presente juicio.

4.- EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, del documento que se exhibe como base de la acción a cargo de la parte demandada XXXXXXXX VIDAL.
Esta prueba la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del escrito de demanda y se ofrece para acreditar la suscripción y firma del documento de crédito, así como el adeudo que tiene la parta demandada con mi endosante y los intereses pactados en el documento base de la acción.

5.- EL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, del documento que se exhibe como base de la acción a cargo de la parte demandada XXXXGALARZA.
Esta prueba la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del escrito de demanda y se ofrece para acreditar la suscripción y firma del documento de crédito, así ei adeudo que tiene la parta demandada con mi endosante y los intereses pactados en el documento base de la acción.

6.- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES, en todo aquello que beneficie a los intereses de la parte actora.
Esta prueba la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 del escrito de demanda, y se ofrece en razón de que de dicha instrumental se desprenden las afirmaciones del actor para reclamar la deuda que tiene la parte demandada.

7.- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANA, en todo aquello que beneficie a los intereses de la parte actora.
Esta prueba la relaciono con los hechos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 narrados en el escrito de demanda, teniendo por objeto acreditar el adeudo reclamado a la parte demandada.

DERECHO

Son aplicables en cuanto al fondo del presente asunto los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 14, 16, 39, 150, 151. 152, 170, 174 y demás relativos y aplicables de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

Norman y rigen el procedimiento los artículos 1391 al 1414 del Código de Comercio en vigor.


Por lo anteriormente expuesto y fundado, a Usted C. Juez, atentamente solicito se sirva:

PRIMERO. Tenerme por presentado con el carácter endosatario en procuración de XXXX DE MÉXICO, S.A. DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO MULTIPLE, E.N.R, con documentos y copias que se acompañan, demandando en la vía y forma propuesta el pago de las prestaciones a que me refiero en el capitulo correspondiente.

SEGUNDO. Admitir a trámite la presente demanda, dictando desde luego auto de exequendo a fin de que en el momento de la diligencia, la parte demandada sea requerida de pago y no haciéndolo se le embarguen bienes de su propiedad suficientes a garantizar la deuda principal, intereses, así como gastos y costas que origine el presente juicio, poniéndolos en deposito de la persona que al efecto señale la parte actora; hecho que sea lo anterior, con las copias simples exhibidas, emplazar y correr traslado a los codemandados, para que en el término de Ley formulen su contestación, si lo consideran pertinente.

TERCERO. Instruir al Secretario de Acuerdos a confrontar y autorizar las copias simples que se anexan de los documentos base de la acción a efecto de que corran agregados en autos, quedando los originales en el seguro de este H. Juzgado de conformidad con el artículo 1055 fracción VI del Código de Comercio.

CUARTO. Toda vez que el domicilio de la parte demandada se encuentra ubicado fuera de la competencia territorial de este juzgado, solicito de su USIA gire atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Civil competente del DISTRITO DE CUAUTITLÁN, Estado de México, con el fin de dar cumplimiento al auto de ejecución, facultando a la autoridad exhortada para que acuerde todo tipo de promociones tendientes al cumplimiento de dicho auto.

QUINTO. En su oportunidad y previos los trámites de ley dictar sentencia definitiva en la que se condene a la parte demandada al pago de las prestaciones que le reclamamos.

SEXTO. Proveer conforme a derecho.


PROTESTO LO NECESARIO





XXXXANAYA XXXX







Comentarios

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Ejemplo de pliego de posiciones en juicio familiar.

INTERROGATORIO INFORMACIÓN TESTIMONIAL EN SUCESIÓN LEGITIMA. ARTÍCULO 801 CPCDF.

Ejemplo de ofrecimiento de prueba pericial con cuestionario en materia de psicología